NORMATIVA
DEL CAMPEONATO DE ANDALUCÍA POR EQUIPOS DE CLUB 200203
1.
CATEGORÍAS
1.1
El Campeonato de Andalucía por Equipos de Club se articula en las
siguientes competiciones:
(A)
LIGA ANDALUZA, que es la máxima categoría andaluza.
(B)
TORNEO DE ASCENSO, a la Liga Andaluza.
(C)
CAMPEONATOS PROVINCIALES, en los que se integran los equipos de categoría
provincial.
1.2
La representación en las competiciones
nacionales se determinará por la clasificación en la Liga Andaluza. Un
club no podrá ostentar dos representaciones nacionales salvo que se den estas
tres condiciones: 1ª) Que esté clasificado para un Cto de España y renuncie a
jugar la Liga Andaluza, 2ª) Que otro equipo del club se clasifique para la Liga
desde el torneo de ascenso y 3ª) que, utilizando jugadores distintos a los del
equipo del Cto Nacional, logre derecho para participar en el Cto de España. Un
Club podrá ser excusado de participar en una competición supraregional si
renunciase con antelación suficiente para permitir su sustitución por el
siguiente Club con derecho. Si no lo hiciese así perdería el derecho a
disputar esa competición u otra intermedia en la siguiente temporada.
1.3
Los resultados en los torneos andaluces se remitirán para su cómputo en
las listas oficiales de Rating Elo.
2.
CAMPEONATOS PROVINCIALES
2.1
Cada Delegación fijará las bases de su competición provincial, que
deberá celebrarse dentro del último trimestre del año y como fecha final
el 31 de Diciembre.
2.2
La presente reglamentación será
supletoria en los campeonatos provinciales.
2.3
Las Delegaciones decidirán si el ascenso de un equipo a la Liga
Andaluza implica o no la pérdida de la plaza que ocupaba en la máxima categoría
provincial. En todo caso, los equipos que desciendan desde la Liga o desde
otra categoría supra provincial se integrarán cuando menos en la máxima
división provincial.
2.4
Los cuatro jugadores con mejor Elo
(se tomará para ello el mayor Elo FIDE o FEDA) del
equipo regional no podrán participar en la competición provincial. Las
Delegaciones decidirán si es compatible la alineación del resto de jugadores
de categoría regional en la provincial. En caso afirmativo, el club deberá
totalizar en sus equipos un número de jugadores diferentes que no sea inferior
a la suma de los mínimos reglamentarios previstos en las competiciones a las
que concurre.
2.5
Las Delegaciones remitirán a la FADA, antes
del 31 de Enero, las clasificaciones de sus
Campeonatos Provinciales por Equipos. No podrán participar en el Torneo de
Ascenso los equipos de una Delegación que no haya notificado oportunamente esas
clasificaciones.
3.
CONVOCATORIA. BASES
3.1
La convocatoria del Campeonato se realizará cada temporada mediante
circular en la que se indicarán: los participantes; fecha tope de inscripción;
calendario; designación del Director del Torneo y miembros del Comité de
Competición; lugar y fecha del sorteo, que será público; subvenciones.
3.2
El sorteo para los emparejamientos podrá ser dirigido en los casos
siguientes: (a) la parte inicial del torneo, por zonas geográficas; (b) en
función de los equipos y de sus domicilios, para equilibrar los
desplazamientos. A tal fin en una liga se sortearán los números con menos
salidas entre los equipos con más distancia global; c) en ligas, para propiciar
el encuentro entre los primeros del ranking al final del torneo.
3.3
Reglas de emparejamiento en el
TORNEO DE ASCENSO:
·
El
primer emparejamiento, a una vuelta, será por zonas; la FADA determinará el número
y extensión de estas zonas.
·
Tras ordenar los equipos se intentará emparejará el 1º con el 16ª, el
2º con el 15º, etc.
·
Para la siguiente eliminatoria, a doble vuelta, se ordenarán los equipos
del 1º al 8º y se emparejarán así: A (18), B (45), C (36) y D (27).
·
La última eliminatoria será: AB y CD.
·
En la 1ª eliminatoria se sortearán, alternadamente, los colores de los
equipos cabezas de serie. En las siguientes eliminatorias se asignarán colores
de acuerdo con los criterios de asignación del sistema suizo. En caso de idéntico
historial el equipo de mejor número alternará. En caso de incomparecencia se
considerará que el equipo jugó en casa a los efectos de asignación de
colores.
3.4
Se podrá disponer que todos o parte de los encuentros se celebren en
concentración, efectuando los cambios necesarios en el calendario para lograr
una reducción global en los gastos o/y desplazamientos. Se oirá previamente a
los equipos participantes.
4.
RITMO DE JUEGO
Cadencia
en las competiciones de ámbito regional: 90 minutos de tiempo fijo para toda
la partida y 30 segundos adicionales por jugada efectuada. Los clubes
participantes tendrán preferencia para utilizar los relojes digitales de la
FADA en depósito en su Delegación Provincial. Regirá el Reglamento de la
FIDE, Estambul 2000, debiendo estar una copia del mismo en la Sala de Juego.
(Ver 14.2)
5.
INCOMPATIBILIDADES
5.1
Ningún club tendrá más de un equipo en la LIGA ANDALUZA. Un club podrá
disputar con un sólo equipo el ascenso a la Liga Andaluza si no tiene otro en
esa categoría, si el que tuviera acabase de perderla o si hubiese ejercido su
derecho a no jugar por estar en categoría nacional.
5.2
El club que dispute el ascenso no podrá alinear a ninguno de los cuatro
jugadores de su equipo descendente que hayan disputado mayor número de partidas
en la Liga Andaluza (a igual número de partidas, el jugador con mejor orden de
fuerza) o a ninguno de los cuatro mejores elos que vaya a utilizar en el equipo
de categoría nacional..
6.
PARTICIPANTES
6.1
La LIGA ANDALUZA se disputará a una vuelta con la participación de 10
equipos. Descenderán, para la siguiente temporada, a categoría provincial el 9º
y el 10º clasificados, siendo sustituidos por los dos primeros clasificados en
el TORNEO DE ASCENSO. Los clubes de categoría andaluza que estén clasificados
para el Campeonato de España de la siguiente temporada, podrán renunciar
a jugar la Liga Andaluza siempre que lo soliciten de manera expresa dentro del
`plazo que se fije y abonen las cuotas que pudiera haber establecidas. En ese
caso se cubrirán las ausencias con los clubes descendidos en el
anterior Campeonato y se ampliará el número de descensos tantas plazas como clubes hayan
ejercido tal derecho.
Cuando
estos clubes desciendan de la categoría nacional o deseen volver a ejercer su
derecho, reingresarán en la máxima categoría del Campeonato de Andalucía.
Este derecho sólo lo conservará si, posteriormente participan efectivamente y
no son descalificados en el Cpto de España.
6.2
TORNEO DE ASCENSO: lo disputarán 16 equipos (uno por provincia y el
resto en proporción según número de licencias) mediante sistema de
eliminatorias a doble vuelta (la 1ª eliminatoria será a una vuelta y,
excepcionalmente, el equipo visitante decidirá jugar en sábado o domingo,
jugará con blancas en el primer tablero y no perderá por incomparecencia hasta
el minuto 90). Si un Club se retirase o fuese descalificado de la competición,
su equipo filial no podría jugar esta fase de ascenso. (Ver 16.6)
6.3
Suplencias: Las demás
vacantes en la categoría regional se cubrirán así: 1º: Clubes descendidos en
la anterior temporada, 2º: Clubes derrotados en la última eliminatoria del
torneo de ascenso (celebrando una eliminatoria entre ambos si no se estableció
clasificación), 3º: Siguientes eliminados del torneo de ascenso.
6.4
Si un Club renuncia, al menos un mes antes, a un derecho adquirido (de
permanencia o de ascenso), podrá participar en el siguiente Torneo de Ascenso
si lograse tal derecho.
7.
INSCRIPCIÓN
7.1
Los clubes deberán coordinar el calendario de sus actividades
competitivas (sociales o abiertas) con las competiciones oficiales, de
manera que no provoquen incompatibilidades para la participación de sus
jugadores. Un club podría ser descalificado si, al vulnerar gravemente esta
regla, provocase efectos negativos en la competición oficial.
7.2
Fianza: Podrá establecerse
una fianza para cada equipo participante en la Liga Andaluza o en el Torneo de
Ascenso. Será devuelta una vez terminada la competición a los que no hayan
sido descalificados por falta deportiva grave y hayan cumplido las normas
organizativas. A este efecto no se penalizará una sola incomparecencia si el
equipo la notifica con suficiente antelación, evitando gastos y molestias a su
adversario o si existiera una razón justificada de fuerza mayor.
7.3
Si hubiera algún equipo no inscrito se procederá a su sustitución, en
el orden de suplencias prefijado.
7.4
Contenido de la inscripción:
identificación del club y del equipo; dirección del local de juego;
direcciones, teléfonos y emails
del capitán y del delegado (son cargos compatibles); relación de jugadores
(con licencia federativa en vigor según su Federación Provincial) por orden de
fuerza, con un mínimo de seis y un máximo de doce jugadores federados por el
club, y propuesta de árbitros locales.
8.
ORDEN DE FUERZA
8.1
El orden de fuerza de los jugadores se deberá atener al rating Elo FADA,
con una tolerancia máxima de 100 puntos (a este efecto, los jugadores
sin rating se computarán como 1.800). Salvo error, no se podrá alterar la
formación presentada, una vez publicada en circular del torneo.
8.2
El ranking inicial de los equipos participantes en el Torneo de Ascenso
se establecerá según la media Elo de sus 6 mejores jugadores (mínimo, 1.800).
La ampliación de la lista no afectará al ranking inicial del equipo.
9.
AMPLIACIÓN DE LISTA
9.1
Ampliación de lista: los
equipos que no hayan completado su lista podrán incluir nuevos
jugadores. Las nuevas inscripciones serán solicitadas por escrito a la Secretaría
de la FADA. Esta informará al Director del Torneo para su inclusión en
circular. La ampliación será posible si la competición no ha superado el 50%
de sus rondas o eliminatorias, bien entendido que para su alineación será
necesario que dicha inscripción haya sido publicada en las Circulares que
emitirá la Dirección del Torneo. En el supuesto de una inscripción posterior
al envío de una circular, y siempre que la solicitud se reciba al menos 72
horas antes del encuentro, la Secretaría de la FADA informará directamente al
equipo rival. En caso contrario el jugador no podrá ser alineado hasta la
posterior y obligada publicación en circular.
9.2
Los Clubes deberán situar a sus nuevos jugadores en su orden de
fuerza cumpliendo lo estipulado en 8.1.
10.
ALINEACIÓN
10.1 Los encuentros serán a cuatro tableros. El equipo local jugará con blancas en los tableros impares y con negras en los pares.
10.2
Serán aplicables las normas FEDA sobre la alineación de extranjeros.
Actualmente uno como máximo para cuatro tableros.
10.3
El capitán, o en su defecto el delegado, presentará al árbitro la
lista completa y ordenada de jugadores que intervendrán. Sin este requisito se
considerarán como no presentados los jugadores, a todos los efectos, se pondrán
en marcha los cuatro relojes de dicho Club y no podrá comenzarse ninguna
partida.
Si
la alineación entregada por el capitán contuviera algún error deberá ser
corregida inmediatamente, si fuera posible. Si en una partida se ha efectuado
una jugada por cada bando se considerará que el error ya no es subsanable.
La
alineación podrá ser entregada en sobre cerrado, que el árbitro sólo podrá
abrir en el momento inmediato anterior al comienzo del encuentro, en presencia
de los equipos.
10.4
Antes de comenzar, el árbitro y los capitanes comprobarán la
identidad de los jugadores. El árbitro o el equipo rival podrán requerir a
los jugadores, sobre cuya identidad tengan alguna duda, para que firmen al dorso
del acta oficial (original y copias) o que presenten un documento acreditativo
oficial.
10.5
A todos los efectos, un jugador es alineado si figura en el acta oficial
del encuentro.
11.
ALINEACIÓN INDEBIDA
11.1
La alineación de un jugador no inscrito supondrá la pérdida del
encuentro (el tanteo será el real, según el número de oponentes que haya
comparecido). Si se tratase de alineación indebida maliciosa el Comité de
Competición podrá acordar la descalificación del equipo. También podrá
descalificar o suspender al capitán o/y al delegado del equipo. La alteración
del orden de fuerza, si no fuera posible su corrección (si alineación
indebida no maliciosa) sólo supondrá la pérdida de las partidas afectadas.
11.2
Una falsedad en la declaración que motivó la expedición de la licencia
(en los datos fundamentales de la misma), será equiparada a alineación
indebida si el jugador hubiera jugado en encuentro oficial.
11.3
Si un jugador fuese autorizado provisionalmente a jugar (por hallarse en
trámite su licencia al faltar alguno de los documentos necesarios) y no
procediera finalmente expedir tal licencia (por falta de algún requisito
reglamentario), se considerará la participación del mismo como alineación
indebida.
11.4
La participación de jugadores que estuvieran excluidos por sanción
disciplinaria deportiva o por una razón técnica (ver 5.2) podrá ser
considerada alineación indebida.
12.
INCOMPARECENCIA
12.1
La incomparecencia de un equipo a dos encuentros supondrá su
descalificación de la LIGA ANDALUZA.
12.2
Se considerará incompareciente a un equipo si no compareciera al menos
en dos tableros del encuentro. Mientras se mantenga esa situación el jugador
afectado no podrá comenzar a jugar, sin perjuicio de la activación de los
relojes.
12.3
Tres incomparecencias de un jugador implicarán su descalificación de la
LIGA ANDALUZA.
12.4
En los encuentros a doble vuelta del TORNEO DE ASCENSO si un equipo no
comparece en la primera vuelta no se jugará la segunda, y se le declara
perdedor.
12.5
La retirada indebida de un equipo, sin abandonar correctamente las
partidas, antes de terminar el encuentro, se podrá considerar como
incomparecencia.
13.
LUGAR DE JUEGO
13.1
Salvo que la FADA disponga otra cosa los encuentros se celebrarán en el
local del equipo al que corresponda blancas en el primer tablero.
13.2
Si el equipo local lo cree oportuno, y de forma excepcional, podrá señalar
un lugar distinto (incluso de diferente provincia) al señalado en la inscripción,
siempre que ello reduzca el desplazamiento de su oponente y que el nuevo local
reúna todas las condiciones necesarias.
13.3
Si se anulase o pospusiese algún encuentro o partida por causa imputable
al equipo local, y debiese jugarse otro día, el equipo visitante podrá
solicitar que dicho encuentro o partida se celebre en su propia localidad o
lugar neutral y bajo arbitraje de la persona que designe la Dirección del
Torneo.
14.
CONDICIONES DE JUEGO
14.1
El club local tendrá la obligación de aprestar la sala y el material de
juego en las debidas condiciones. La zona de juego tendrá al menos 3 metros
cuadrados de superficie útil mínima por tablero. Dispondrá de servicios
anexos, en el mismo edificio y de un tablero adicional para los análisis. La
temperatura en la zona de juego no será inferior a 16º C.
14.2
Si las bases no disponen otra cosa serán aplicables las reglas generales
de la FIDE que conciernan directamente al juego y a la conducta en el juego de
los jugadores y otros intervinientes (árbitro, delegados, capitanes),
complementarias de las Leyes del Ajedrez.
En
todo caso, la solución de cualquier disputa debe atender a los principios de
equidad y deportividad. (Ver 4).
14.3
Se aplicará el Reglamento de Disciplina Deportiva de la FADA.
14.4
No podrá celebrarse en la zona de juego ninguna partida que no
corresponda a un campeonato oficial de ajedrez en tanto se estén celebrando las
de esta competición. Tampoco es admisible otra actividad que pudiera resultar
molesta para los jugadores.
14.5
Si a la hora señalada para comenzar el encuentro no estuviera
debidamente colocado el material de juego (mobiliario, tableros, piezas,
relojes, planillas, etc.) o no estuviera presente el árbitro local, el retraso
será cargado en los relojes del equipo local. La responsabilidad deportiva del
equipo local no quedará exculpada por el comportamiento de la entidad que ceda
el local de juego.
15.
CALENDARIO
15.1
Temporada Oficial. Será del 1
de octubre al 30 de septiembre siguiente. No obstante se podrá autorizar la
suspensión o modificación de la temporada oficial de juego en casos de fuerza
mayor o circunstancias extraordinarias, que así lo justifiquen, siempre que no
perjudique derechos adquiridos y se comunique con suficiente antelación.
Un
club que deba concurrir a una competición de nivel superior podrá solicitar el
cambio en la fecha de su encuentro regional si se cumplen las siguientes
condiciones: a) Que se produzca en las mismas fechas o un día antes o después.
b) Que no se pueda cambiar o no se le haya propuesto. c) Que sea oficial o tenga
un reconocimiento especial y d) que los componentes sean los mismos. Esta petición
deberá ser concedida salvo que cause un problema de fechas irreparables en la
competición regional
15.2
La LIGA ANDALUZA se celebrará entre septiembre y diciembre de cada año.
El TORNEO DE ASCENSO se celebrará con posterioridad, en fechas que no
interfieran con las restantes competiciones oficiales, provinciales o de otro
orden.
15.3
En el ámbito regional, y a efectos de fijar los días de juego, serán hábiles
los días festivos y los sábados.
15.4
Horario oficial: a las 10.00
horas, si se trata de día festivo. Si es sábado, a las 17.00 horas. Si el
equipo visitante debe desplazarse más de 50 Kms. podrá solicitar con una
antelación de 48 horas una demora de hasta media hora. El Director del Torneo
también deberá ser informado.
15.5
Si el encuentro tuviera que ser suspendido por causa de la que no fuera
responsable ninguno de los equipos, la Dirección del torneo dispondrá la
reanudación en las condiciones más conformes con el espíritu deportivo.
15.6
Cambios acordados: excepto en
las dos últimas rondas, los equipos pueden acordar bajo su responsabilidad, y
por causas justificadas, un cambio en la fecha y lugar de juego, debiendo
comunicar su acuerdo y el resultado dentro de la fecha que se establezca.
15.6
Cambio del calendario oficial:
sólo por motivo justificado, mediante comunicación a los equipos participantes
y efectuado con antelación suficiente.
16.
CLASIFICACIÓN. DESEMPATES.
16.1
Sistema de puntuación: 3
puntos por victoria en un encuentro; 1 punto por encuentro empatado; 0 puntos
por derrota. La incomparecencia injustificada de un equipo será penalizada con
un punto. El Director del Torneo determinará esta cuestión de acuerdo con el
procedimiento explicado en el Reglamento Disciplinario de la FADA.
16.2
Los resultados de un equipo se computarán en la tabla sólo si ha
disputado efectivamente el 50% de los encuentros, es decir, sin contar sus
derrotas por incomparecencia.
16.3
Desempates (Liga Andaluza):
1)
Mayor puntuación en tableros;
2)
2 puntos por victoria en un encuentro; 1 por empate; 0 por derrota;
3)
Se eliminarán las puntuaciones contra los equipos en el grupo de
puntuación más bajo, ganando el total más alto. Si persistiera el empate, se
eliminarán nuevamente las puntuaciones del siguiente grupo de puntuación final
más baja, y así sucesivamente.
4)
Sonnenborg-Berger (según puntos por tableros).
5)
Resultado particular.
6)
Coeficiente holandés.
16.5
Los encuentros por eliminatorias a doble vuelta (TORNEO DE ASCENSO) se
decidirán por la suma de puntuaciones en los tableros. El empate se dirimirá
con los sistemas siguientes:
1)
Mejor coeficiente holandés.
2)
Encuentro a doble vuelta, a celebrar inmediatamente después, y 10' por
jugador (iguales colores y jugadores).
3)
Mejor coeficiente holandés (de 10').
4)
Peor media Elo (FIDE o FEDA) de los jugadores alineados.
16.6
Descalificación: por
incomparecencia a dos encuentros o por falta deportiva grave. La retirada del
torneo, tras ser inscrito, implicará la descalificación automática. En tal
caso, los equipos del mismo club pierden el derecho a disputar el ascenso o a
cubrir vacantes en la Liga Andaluza. (Ver 6.2)
17.
ACTAS
17.1
Contenido del acta: nombre
completo del árbitro; fecha; lugar de juego; nombre de los equipos; alineación
(nombre y dos apellidos); colores; resultados de las partidas y totales del
encuentro. Deberá diferenciarse si el resultado es real o si es declarado
(incomparecencia, etc.). El acta se confeccionará por triplicado: una copia
para cada equipo y el original para el Director del Torneo.
17.2
El acta deberá ser firmada por los capitanes o delegados y por el árbitro.
Al dorso o en papel adjunto se consignará cualquier reclamación. El árbitro
será responsable del acta oficial del encuentro, revisando todas las
anotaciones, de las que dará fe con su firma. En caso de disconformidad, los
capitanes podrán firmar "bajo protesta".
17.3
El acta y las planillas serán enviadas al Director del Torneo por el
equipo local dentro del segundo día laboral siguiente al de competición. El
mismo día de juego (o al día siguiente en caso de ser sábado) el equipo dará
noticia telefónica o por email al Director del Torneo, antes de las 21
horas, del resultado del encuentro. Igualmente deberá comunicar los
resultados de cada partida, indicando las no jugadas.
17.4
Si no compareciese un equipo o por otra causa no se celebrase un
encuentro, el árbitro, el equipo compareciente y el equipo no compareciente
tienen la obligación de dar inmediata cuenta verbal telefónica o por fax al
Director del Torneo.
17.5
La sustitución del delegado o del capitán deberá ser comunicada a la
Dirección del Torneo. Se autorizará que, si fuera necesario, el primer tablero
sustituya al capitán.
18.
RECLAMACIONES
18.1
La organización del torneo mantendrá contacto exclusivamente con los
delegados, quienes harán llegar las instrucciones o decisiones a los jugadores.
Un jugador deberá enviar cualquier reclamación o propuesta que concierna a su
equipo por intermedio de su delegado o capitán, en un plazo de tres días.
18.2
Si un jugador o equipo no estuviera conforme con una decisión arbitral o
del Director del Torneo, deberá incluir su reclamación en el acta, dándola a
conocer al árbitro y a la otra parte, quienes podrán añadir las alegaciones
pertinentes.
18.3
Si por decisión arbitral el jugador prosigue la partida ello no
presupondrá la aceptación de la decisión ni la renuncia al recurso.
19.
DIRECTOR DEL TORNEO. ÁRBITROS
19.1
Será designado un Director de Torneo. Podrá designarse uno o más
Subdirectores. Ninguno de ellos podrá tener licencia federada por ninguno de
los clubes participantes, ni ser directivo o delegado, ni árbitro en un
encuentro, ni presidente de federación regional o provincial.
Las
decisiones del Director del Torneo serán recurribles en 1ª instancia ante el
propio Director del Torneo y, en 2ª instancia, ante el Comité de Disciplina y
Competición de la FADA.
La
FADA y el Director del Torneo podrán publicar una aclaración de puntos de la
presente normativa.
19.2
El equipo que juegue en casa tendrá la obligación de nombrar árbitro
titulado y, en su defecto, entre los autorizados por la FADA.
19.3
Nadie podrá desempeñar simultáneamente la función de árbitro y la de
capitán o delegado, ni el árbitro de un encuentro podrá participar en el
mismo como jugador. Antes de iniciarse el encuentro deberá constar la identidad
del árbitro y, en su caso, de su auxiliar o suplente. Si se tratase de árbitro
local corresponderá al delegado del club local indicar su identidad.
19.4
Los árbitros serán la máxima autoridad en la sala de juego y, como
tales, serán respetados y auxiliados por todos los actuantes, asumiendo la
responsabilidad de que el encuentro se celebre dentro de los cauces deportivos.
En el curso del encuentro no podrá ser cambiado un árbitro salvo acuerdo entre
los dos equipos o decisión del Director del Torneo.
19.5
En caso de incomparecencia del árbitro designado, éste podrá ser
sustituido por alguna persona presente, no jugador ni delegado, aún cuando no
fuera titulado, si estuviesen de acuerdo ambos equipos, haciéndolo constar al
dorso del acta, con la conformidad de los dos capitanes. El equipo local podrá
designar, en su lugar, a otro de los árbitros autorizados o a un árbitro
titulado.
19.6
No existirá inconveniente para que un encuentro sea dirigido por un árbitro
de lista diferente o por un árbitro titulado, aunque no figure en la inscripción.
De celebrarse dos o más encuentros simultáneamente en el mismo local, un mismo
árbitro podrá desempeñar sus funciones en todos ellos.
19.7
Un club podrá solicitar, con 4 días de antelación mínima, la
designación de un árbitro (o delegado federativo) de distinto club de aquel
donde se celebre el encuentro, siendo de su cuenta los gastos que ello origine.
La petición se atenderá si fuere posible.
19.8
El árbitro sólo podrá suspender un encuentro oficial en caso de fuerza
mayor, grave deficiencia técnica de la instalación o conducta gravemente
peligrosa del público o de cualquiera de los equipos contendientes para con el
propio árbitro o para con los jugadores. Para tomar esta decisión deberá oír
a ambos equipos.
20.
GASTOS
20.1
Los
gastos de desplazamientos, alojamiento y comidas serán abonados por el Club que
se desplaza. La FADA fijará los criterios de reparto de las ayudas que se
establezcan, entendiéndose que el Club que realice mayor gasto deberá recibir
mayor ayuda. Esto es extensivo al torneo de ascenso.
20.2
En ningún caso se subvencionarán: (a) los gastos de los equipos o
jugadores descalificados, desde el momento de la descalificación; (b) los
gastos en la jornada del que no compareciese, salvo causa justificada. El
desplazamiento no se abonará a los descalificados, salvo causa justificada.
20.3
Las ayudas sólo se concederán contra la presentación de los
justificantes y de la documentación deportiva (incluidas las planillas).
20.4
En la temporada siguiente se podrá excluir de subvención o ayuda a los
clubes descalificados sin causa justificada.
21.
REFRENDO DE LA ASAMBLEA GENERAL
La regulación de estas competiciones oficiales fue refrendada en la Asamblea General de la FADA de julio de 1.998 y en Comisión Delegada de septiembre de 2001.