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CAMPEONATO
DE ANDALUCÍA |
CAMPEONATO
DE ANDALUCÍA POR EQUIPOS 2001
NORMATIVA DEL CAMPEONATO DE ANDALUCÍA POR EQUIPOS DE CLUB
2001-02
1. CATEGORÍAS
1.1 El Campeonato de Andalucía por
Equipos de Club se articula en las siguientes competiciones:
(A) LIGA ANDALUZA, que es la máxima categoría
andaluza.
(B) TORNEO DE ASCENSO, a la Liga Andaluza.
(C) CAMPEONATOS PROVINCIALES, en los que se
integran los equipos de categoría provincial.
1.2 La representación en las competiciones nacionales se determinará
por la clasificación en la Liga Andaluza. Un club no podrá ostentar dos
representaciones nacionales salvo que se den estas tres condiciones: 1ª) Que
esté clasificado para un Cto de España y renuncie a jugar la Liga Andaluza, 2ª)
Que otro equipo del club se clasifique para la Liga desde el torneo de ascenso
y 3ª) que, utilizando jugadores distintos a los del equipo del Cto Nacional,
logre derecho para participar en el Cto de España. Un Club podrá ser excusado
de participar en una competición supraregional si renunciase con antelación suficiente
para permitir su sustitución por el siguiente Club con derecho. Si no lo
hiciese así perdería el derecho a disputar esa competición u otra intermedia en
la siguiente temporada.
1.3 Los resultados en los torneos
andaluces
se remitirán para su cómputo en las listas oficiales de Rating Elo.
2. CAMPEONATOS PROVINCIALES
2.1 Cada Delegación fijará las bases de
su competición provincial, que deberá celebrarse dentro del último
trimestre del año y como fecha final el 31 de Diciembre.
2.2 La
presente reglamentación será supletoria en los campeonatos provinciales.
2.3 Las Delegaciones
decidirán si el
ascenso de un equipo a la Liga Andaluza implica o no la pérdida de la plaza
que ocupaba en la máxima categoría provincial. En todo caso, los equipos
que desciendan desde la Liga o desde otra categoría supra provincial se
integrarán cuando menos en la máxima división provincial.
2.4 Los
cuatro jugadores con mejor Elo (se tomará para ello el mayor Elo FIDE o
FEDA) del equipo regional no podrán
participar en la competición provincial. Las Delegaciones decidirán si es
compatible la alineación del resto de jugadores de categoría regional en la
provincial. En caso afirmativo, el club deberá totalizar en sus equipos un
número de jugadores diferentes que no sea inferior a la suma de los mínimos
reglamentarios previstos en las competiciones a las que concurre.
2.5 Las Delegaciones remitirán a la
FADA, antes del 31 de Enero, las
clasificaciones de sus Campeonatos
Provinciales por Equipos. No podrán participar en el Torneo de Ascenso
los equipos de una Delegación que no haya notificado oportunamente esas
clasificaciones.
3. CONVOCATORIA. BASES
3.1 La convocatoria del Campeonato se
realizará cada temporada mediante circular en la que se indicarán: los
participantes; fecha tope de inscripción; calendario; designación del Director
del Torneo y miembros del Comité de Competición; lugar y fecha del sorteo, que
será público; subvenciones.
3.2 El sorteo para los
emparejamientos
podrá ser dirigido en los casos siguientes: (a) la parte inicial del torneo,
por zonas geográficas; (b) en función de los equipos y de sus domicilios,
para equilibrar los desplazamientos. A tal fin en una liga se sortearán los
números con menos salidas entre los equipos con más distancia global; c)
en ligas, para propiciar el encuentro entre los primeros del ranking al final
del torneo.
3.3 Reglas
de emparejamiento en el TORNEO DE ASCENSO:
·
El primer emparejamiento, a una vuelta, será por zonas;
la FADA determinará el número y extensión de estas zonas.
·
Tras ordenar los equipos se intentará emparejará el 1º
con el 16ª, el 2º con el 15º, etc.
·
Para la siguiente eliminatoria, a doble vuelta, se
ordenarán los equipos del 1º al 8º y se emparejarán así: A (18), B (45), C
(36) y D (27).
·
La última eliminatoria será: AB y CD.
·
En la 1ª eliminatoria se sortearán, alternadamente, los
colores de los equipos cabezas de serie. En las siguientes eliminatorias se
asignarán colores de acuerdo con los criterios de asignación del sistema suizo.
En caso de idéntico historial el equipo de mejor número alternará. En caso de
incomparecencia se considerará que el equipo jugó en casa a los efectos de
asignación de colores.
3.4 Se podrá disponer que todos o parte
de los encuentros se celebren en concentración, efectuando los cambios
necesarios en el calendario para lograr una reducción global en los gastos o/y
desplazamientos. Se oirá previamente a los equipos participantes.
4. RITMO DE JUEGO
Cadencia
en las competiciones de ámbito regional: 90 minutos de tiempo fijo para
toda la partida y 30 segundos adicionales por jugada efectuada. Los
clubes participantes tendrán preferencia para utilizar los relojes digitales de
la FADA en depósito en su Delegación Provincial. Regirá el Reglamento de la
FIDE, Estambul 2000, debiendo estar una copia del mismo en la Sala de Juego.
(Ver 14.2)
5. INCOMPATIBILIDADES
5.1 Ningún club tendrá más de un
equipo
en la LIGA ANDALUZA. Un club podrá disputar con un sólo equipo el ascenso a la
Liga Andaluza si no tiene otro en esa categoría, si el que tuviera acabase de
perderla o si hubiese ejercido su derecho a no jugar por estar en categoría
nacional.
5.2 El club que dispute el
ascenso no
podrá alinear a ninguno de los cuatro jugadores de su equipo descendente que
hayan disputado mayor número de partidas en la Liga Andaluza (a igual número
de partidas, el jugador con mejor orden de fuerza) o a ninguno de los cuatro
mejores elos que vaya a utilizar en el equipo de categoría nacional..
6. PARTICIPANTES
6.1 La LIGA ANDALUZA se disputará a una
vuelta con la participación de 10 equipos. Descenderán, para la siguiente
temporada,
a categoría provincial el 9º y el 10º clasificados, siendo sustituidos por
los dos primeros clasificados en el TORNEO DE ASCENSO. Los clubes de categoría
andaluza que estén clasificados para el Campeonato de España de la siguiente
temporada, podrán renunciar a jugar la Liga Andaluza siempre que lo
soliciten de manera expresa dentro del `plazo que se fije y abonen las cuotas
que pudiera haber establecidas. En ese caso se cubrirán las ausencias
con los clubes descendidos en el anterior Campeonato y se ampliará el número de descensos tantas plazas como clubes hayan
ejercido tal derecho.
Cuando
estos clubes desciendan de la categoría nacional o deseen volver a ejercer su
derecho, reingresarán en la máxima categoría del Campeonato de Andalucía. Este
derecho sólo lo conservará si, posteriormente participan efectivamente y no son
descalificados en el Cpto de España.
6.2 TORNEO DE ASCENSO: lo disputarán 16
equipos (uno por provincia y el resto en proporción según número de licencias)
mediante sistema de eliminatorias a doble vuelta (la 1ª eliminatoria será a
una vuelta y, excepcionalmente, el equipo visitante decidirá jugar en sábado o
domingo, jugará con blancas en el primer tablero y no perderá por
incomparecencia hasta el minuto 90). Si un Club se retirase o fuese
descalificado de la competición, su equipo filial no podría jugar esta fase de
ascenso. (Ver 16.6)
6.3 Suplencias:
Las demás vacantes en la categoría regional se cubrirán así: 1º: Clubes
descendidos en la anterior temporada, 2º: Clubes derrotados en la última
eliminatoria del torneo de ascenso (celebrando una eliminatoria entre ambos si
no se estableció clasificación), 3º: Siguientes eliminados del torneo de
ascenso.
6.4 Si un Club renuncia, al menos un mes
antes, a un derecho adquirido (de permanencia o de ascenso), podrá participar
en el siguiente Torneo de Ascenso si lograse tal derecho.
7. INSCRIPCIÓN
7.1 Los clubes deberán coordinar el
calendario de sus actividades competitivas (sociales o abiertas) con
las competiciones oficiales, de manera que no provoquen incompatibilidades
para la participación de sus jugadores. Un club podría ser descalificado
si, al vulnerar gravemente esta regla, provocase efectos negativos en la
competición oficial.
7.2 Fianza:
Podrá establecerse una fianza para cada equipo participante en la Liga
Andaluza
o en el Torneo de Ascenso. Será devuelta una vez terminada la competición a
los que no hayan sido descalificados por falta deportiva grave y hayan cumplido
las normas organizativas. A este efecto no se penalizará una sola
incomparecencia
si el equipo la notifica con suficiente antelación, evitando gastos y molestias
a su adversario o si existiera una razón justificada de fuerza mayor.
7.3 Si hubiera algún equipo no inscrito
se procederá a su sustitución, en el orden de suplencias prefijado.
7.4 Contenido
de la inscripción: identificación del club y del equipo; dirección del
local de juego; direcciones, teléfonos
y emails del capitán y del delegado (son cargos compatibles); relación
de jugadores (con licencia federativa en vigor según su Federación Provincial)
por orden de fuerza, con un mínimo de seis y un máximo de doce jugadores
federados por el club, y propuesta de árbitros locales.
8. ORDEN DE FUERZA
8.1 El orden de fuerza de los
jugadores
se deberá atener al rating Elo FIDE o FEDA (el mejor de ambos), con una
tolerancia máxima de 100 puntos (a este efecto, los jugadores sin rating
se computarán como 1.800). Salvo error, no se podrá alterar la formación
presentada, una vez publicada en circular del torneo.
8.2 El ranking inicial de los equipos
participantes en el Torneo de Ascenso se establecerá según la media Elo de sus
6 mejores jugadores (mínimo, 1.800). La ampliación de la lista no afectará al
ranking inicial del equipo.
9. AMPLIACIÓN DE LISTA
9.1 Ampliación
de lista: los equipos que no hayan completado su lista podrán
incluir nuevos jugadores. Las nuevas inscripciones serán solicitadas por
escrito a la Secretaría de la FADA. Esta informará al Director del Torneo para
su inclusión en circular. La ampliación será posible si la competición no ha
superado el 50% de sus rondas o eliminatorias, bien entendido que para su
alineación será necesario que dicha inscripción haya sido publicada en las
Circulares que emitirá la Dirección del Torneo. En el supuesto de una
inscripción posterior al envío de una circular, y siempre que la solicitud se
reciba al menos 72 horas antes del encuentro, la Secretaría de la FADA
informará directamente al equipo rival. En caso contrario el jugador no podrá
ser alineado hasta la posterior y obligada publicación en circular.
9.2 Los Clubes deberán situar a sus
nuevos jugadores en su orden de fuerza cumpliendo lo estipulado en 8.1.
10. ALINEACIÓN
10.1 Los encuentros serán a cuatro
tableros. El equipo local jugará con blancas en los tableros impares y con
negras en los pares.
10.2 Serán aplicables las normas FEDA sobre
la alineación de extranjeros. Actualmente uno como máximo para cuatro
tableros.
10.3 El capitán, o en su defecto el
delegado, presentará al árbitro la lista completa y ordenada de jugadores que
intervendrán.
Sin este requisito se considerarán como no presentados los jugadores, a
todos los efectos, se pondrán en marcha los cuatro relojes de dicho Club y no
podrá comenzarse ninguna partida.
Si la
alineación entregada por el capitán contuviera algún error deberá ser corregida
inmediatamente, si fuera posible. Si en una partida se ha efectuado una jugada
por cada bando se considerará que el error ya no es subsanable.
La
alineación podrá ser entregada en sobre cerrado, que el árbitro sólo podrá
abrir en el momento inmediato anterior al comienzo del encuentro, en presencia
de los equipos.
10.4 Antes de comenzar, el árbitro y los
capitanes comprobarán la identidad de los jugadores. El árbitro o el
equipo rival podrán requerir a los jugadores, sobre cuya identidad tengan
alguna duda, para que firmen al dorso del acta oficial (original y copias) o
que presenten un documento acreditativo oficial.
10.5 A todos los efectos, un jugador es
alineado si figura en el acta oficial del encuentro.
11. ALINEACIÓN INDEBIDA
11.1 La alineación de un jugador no
inscrito supondrá la pérdida del encuentro (el tanteo será el real, según el
número de oponentes que haya comparecido). Si se tratase de alineación
indebida maliciosa el Comité de Competición podrá acordar la descalificación
del equipo. También podrá descalificar o suspender al capitán o/y al delegado
del equipo. La alteración del orden de fuerza, si no fuera posible su
corrección (si alineación indebida no maliciosa) sólo supondrá la
pérdida de las partidas afectadas.
11.2 Una falsedad en la declaración que
motivó la expedición de la licencia (en los datos fundamentales de la misma),
será equiparada a alineación indebida si el jugador hubiera jugado en
encuentro oficial.
11.3 Si un jugador fuese autorizado
provisionalmente a jugar (por hallarse en trámite su licencia al faltar alguno
de los documentos necesarios) y no procediera finalmente expedir tal licencia
(por falta de algún requisito reglamentario), se considerará la participación
del mismo como alineación indebida.
11.4 La participación de jugadores que
estuvieran excluidos por sanción disciplinaria deportiva o por una razón
técnica (ver 5.2) podrá ser considerada alineación indebida.
12. INCOMPARECENCIA
12.1 La incomparecencia de un equipo a dos encuentros
supondrá su descalificación de la LIGA ANDALUZA.
12.2 Se considerará incompareciente a un
equipo si no compareciera al menos en dos tableros del encuentro. Mientras
se mantenga esa situación el jugador afectado no podrá comenzar a jugar, sin
perjuicio de la activación de los relojes.
12.3 Tres incomparecencias de un
jugador
implicarán su descalificación de la LIGA ANDALUZA.
12.4 En los encuentros a doble vuelta del
TORNEO DE ASCENSO si un equipo no comparece en la primera vuelta no se
jugará la segunda, y se le declara perdedor.
12.5 La retirada indebida de un equipo, sin
abandonar correctamente las partidas, antes de terminar el encuentro, se podrá
considerar como incomparecencia.
13. LUGAR DE JUEGO
13.1 Salvo que la FADA disponga otra cosa
los encuentros se celebrarán en el local del equipo al que corresponda blancas
en el primer tablero.
13.2 Si el equipo local lo cree oportuno, y
de forma excepcional, podrá señalar un lugar distinto (incluso de diferente
provincia) al señalado en la inscripción, siempre que ello reduzca el
desplazamiento
de su oponente y que el nuevo local reúna todas las condiciones necesarias.
13.3 Si se anulase o pospusiese algún
encuentro o partida por causa imputable al equipo local, y debiese jugarse otro
día, el equipo visitante podrá solicitar que dicho encuentro o partida se
celebre en su propia localidad o lugar neutral y bajo arbitraje de la persona
que designe la Dirección del Torneo.
14. CONDICIONES DE JUEGO
14.1 El club local tendrá la
obligación de
aprestar la sala y el material de juego en las debidas condiciones. La zona de
juego tendrá al menos 3 metros cuadrados de superficie útil mínima por
tablero. Dispondrá de servicios anexos, en el mismo edificio y de un tablero
adicional para los análisis. La temperatura en la zona de juego no será
inferior a 16º C.
14.2 Si las bases no disponen otra cosa
serán aplicables las reglas generales de la FIDE que conciernan directamente
al juego y a la conducta en el juego de los jugadores y otros intervinientes
(árbitro, delegados, capitanes), complementarias de las Leyes del Ajedrez.
En todo
caso, la solución de cualquier disputa debe atender a los principios de equidad
y deportividad. (Ver 4).
14.3 Se aplicará el Reglamento de
Disciplina Deportiva de la FADA.
14.4 No podrá celebrarse en la zona de juego
ninguna partida que no corresponda a un campeonato oficial de ajedrez en
tanto se estén celebrando las de esta competición. Tampoco es admisible
otra actividad que pudiera resultar molesta para los jugadores.
14.5 Si a la hora señalada para
comenzar el
encuentro no estuviera debidamente colocado el material de juego
(mobiliario, tableros, piezas, relojes, planillas, etc.) o no estuviera presente
el árbitro local, el retraso será cargado en los relojes del equipo local. La
responsabilidad deportiva del equipo local no quedará exculpada por el
comportamiento de la entidad que ceda el local de juego.
15. CALENDARIO
15.1 Temporada
Oficial. Será del 1 de octubre al 30 de septiembre siguiente. No obstante
se podrá autorizar la suspensión o modificación de la temporada oficial de
juego en casos de fuerza mayor o circunstancias extraordinarias, que así lo
justifiquen, siempre que no perjudique derechos adquiridos y se comunique con
suficiente antelación.
Un club
que deba concurrir a una competición de nivel superior podrá solicitar el
cambio en la fecha de su encuentro regional si se cumplen las siguientes
condiciones: a) Que se produzca en las mismas fechas o un día antes o después.
b) Que no se pueda cambiar o no se le haya propuesto. c) Que sea oficial o
tenga un reconocimiento especial y d) que los componentes sean los mismos. Esta
petición deberá ser concedida salvo que cause un problema de fechas
irreparables en la competición regional
15.2 La LIGA ANDALUZA se celebrará entre
septiembre
y diciembre de cada año. El TORNEO DE ASCENSO se celebrará con posterioridad,
en fechas que no interfieran con las restantes competiciones oficiales,
provinciales o de otro orden.
15.3 En el ámbito regional, y a efectos de
fijar los días de juego, serán hábiles los días festivos y los sábados.
15.4 Horario
oficial: a las 10.00 horas, si se trata de día festivo. Si es sábado, a
las 17.00 horas. Si el equipo visitante debe desplazarse más de 50 Kms. podrá
solicitar con una antelación de 48 horas una demora de hasta media hora. El
Director del Torneo también deberá ser informado.
15.5 Si el encuentro tuviera que ser
suspendido por causa de la que no fuera responsable ninguno de los equipos,
la Dirección del torneo dispondrá la reanudación en las condiciones más
conformes con el espíritu deportivo.
15.6 Cambios
acordados: excepto en las dos últimas rondas, los equipos pueden acordar
bajo su responsabilidad, y por causas justificadas, un cambio en la fecha y
lugar de juego, debiendo comunicar su acuerdo y el resultado dentro de la
fecha que se establezca.
15.6 Cambio
del calendario oficial: sólo por motivo justificado, mediante comunicación
a los equipos participantes y efectuado con antelación suficiente.
16. CLASIFICACIÓN.
DESEMPATES.
16.1 Sistema
de puntuación: 3 puntos por victoria en un encuentro; 1 punto por encuentro
empatado; 0 puntos por derrota. La incomparecencia injustificada de un equipo
será penalizada con un punto. El Director del Torneo determinará esta cuestión
de acuerdo con el procedimiento explicado en el Reglamento Disciplinario de la
FADA.
16.2 Los resultados de un equipo se
computarán en la tabla sólo si ha disputado efectivamente el 50% de los
encuentros,
es decir, sin contar sus derrotas por incomparecencia.
16.3 Desempates (Liga Andaluza):
1) Mayor puntuación en tableros;
2) 2 puntos por victoria en un encuentro; 1
por empate; 0 por derrota;
3) Se eliminarán las puntuaciones contra los
equipos en el grupo de puntuación más bajo, ganando el total más alto. Si
persistiera
el empate, se eliminarán nuevamente las puntuaciones del siguiente grupo de
puntuación final más baja, y así sucesivamente.
4) Sonnenborg-Berger (según puntos por
tableros).
5) Resultado particular.
6) Coeficiente holandés.
16.5 Los encuentros por eliminatorias a
doble vuelta (TORNEO DE ASCENSO) se decidirán por la suma de puntuaciones en
los tableros. El empate se dirimirá con los sistemas siguientes:
1) Mejor coeficiente holandés.
2) Encuentro a doble vuelta, a celebrar
inmediatamente después, y 10' por jugador (iguales colores y jugadores).
3) Mejor coeficiente holandés (de 10').
4) Peor media Elo (FIDE o FEDA) de los
jugadores alineados.
16.6 Descalificación:
por incomparecencia a dos encuentros o por falta deportiva grave. La retirada
del torneo, tras ser inscrito, implicará la descalificación automática. En tal
caso, los equipos del mismo club pierden el derecho a disputar el ascenso o a
cubrir vacantes en la Liga Andaluza. (Ver 6.2)
17. ACTAS
17.1 Contenido
del acta: nombre completo del árbitro; fecha; lugar de juego; nombre de
los equipos; alineación (nombre y dos apellidos); colores; resultados de las
partidas y totales del encuentro. Deberá diferenciarse si el resultado es
real o si es declarado (incomparecencia, etc.). El acta se confeccionará por
triplicado: una copia para cada equipo y el original para el Director del
Torneo.
17.2 El acta deberá ser firmada por los
capitanes o delegados y por el árbitro. Al dorso o en papel adjunto se
consignará cualquier reclamación. El árbitro será responsable del acta oficial
del encuentro, revisando todas las anotaciones, de las que dará fe con su
firma. En caso de disconformidad, los capitanes podrán firmar "bajo
protesta".
17.3 El acta y las planillas serán
enviadas
al Director del Torneo por el equipo local dentro del segundo día laboral
siguiente al de competición. El mismo día de juego (o al día siguiente en caso
de ser sábado) el equipo dará noticia
telefónica o por email al Director del Torneo, antes de las 21 horas, del
resultado del encuentro. Igualmente deberá comunicar los resultados de cada
partida, indicando las no jugadas.
17.4 Si no compareciese un equipo o por otra
causa no se celebrase un encuentro, el árbitro, el equipo compareciente y el
equipo no compareciente tienen la obligación de dar inmediata cuenta verbal
telefónica o por fax al Director del Torneo.
17.5 La sustitución del delegado o del
capitán deberá ser comunicada a la Dirección del Torneo. Se autorizará que, si
fuera necesario, el primer tablero sustituya al capitán.
18. RECLAMACIONES
18.1 La organización del torneo
mantendrá
contacto exclusivamente con los delegados, quienes harán llegar las
instrucciones o decisiones a los jugadores. Un jugador deberá enviar cualquier
reclamación o propuesta que concierna a su equipo por intermedio de su
delegado o capitán, en un plazo de tres días.
18.2 Si un jugador o equipo no estuviera
conforme con una decisión arbitral o del Director del Torneo, deberá incluir su
reclamación en el acta, dándola a conocer al árbitro y a la otra parte, quienes
podrán añadir las alegaciones pertinentes.
18.3 Si por decisión arbitral el jugador
prosigue la partida ello no presupondrá la aceptación de la decisión ni la
renuncia al recurso.
19. DIRECTOR DEL TORNEO. ÁRBITROS
19.1 Será designado un Director de Torneo.
Podrá designarse uno o más Subdirectores. Ninguno de ellos podrá tener
licencia federada por ninguno de los clubes participantes, ni ser directivo o
delegado, ni árbitro en un encuentro, ni presidente de federación regional o
provincial.
Las
decisiones del Director del Torneo serán recurribles en 1ª instancia ante el
propio Director del Torneo y, en 2ª instancia, ante el Comité de Disciplina y
Competición de la FADA.
La FADA
y el Director del Torneo podrán publicar una aclaración de puntos de la
presente normativa.
19.2 El equipo que juegue
en casa tendrá la obligación de nombrar árbitro titulado y, en su defecto, entre
los autorizados por la FADA.
19.3 Nadie podrá desempeñar
simultáneamente
la función de árbitro y la de capitán o delegado, ni el árbitro de un encuentro
podrá participar en el mismo como jugador. Antes de iniciarse el encuentro
deberá constar la identidad del árbitro y, en su caso, de su auxiliar o
suplente.
Si se tratase de árbitro local corresponderá al delegado del club local
indicar
su identidad.
19.4 Los árbitros serán la máxima
autoridad
en la sala de juego y, como tales, serán respetados y auxiliados por todos los
actuantes, asumiendo la responsabilidad de que el encuentro se celebre dentro
de los cauces deportivos. En el curso del encuentro no podrá ser cambiado un
árbitro salvo acuerdo entre los dos equipos o decisión del Director del
Torneo.
19.5 En caso de incomparecencia del árbitro
designado, éste podrá ser sustituido por alguna persona presente, no jugador ni
delegado, aún cuando no fuera titulado, si estuviesen de acuerdo ambos equipos,
haciéndolo constar al dorso del acta, con la conformidad de los dos capitanes.
El equipo local podrá designar, en su lugar, a otro de los árbitros autorizados
o a un árbitro titulado.
19.6 No existirá inconveniente para que un
encuentro sea dirigido por un árbitro de lista diferente o por un árbitro
titulado, aunque no figure en la inscripción. De celebrarse dos o más
encuentros simultáneamente en el mismo local, un mismo árbitro podrá
desempeñar sus funciones en todos ellos.
19.7 Un club podrá solicitar, con 4 días de
antelación mínima, la designación de un árbitro (o delegado federativo) de
distinto club de aquel donde se celebre el encuentro, siendo de su cuenta los
gastos que ello origine. La petición se atenderá si fuere posible.
19.8 El árbitro sólo podrá
suspender un
encuentro oficial en caso de fuerza mayor, grave deficiencia técnica de la
instalación o conducta gravemente peligrosa del público o de cualquiera de
los equipos contendientes para con el propio árbitro o para con los jugadores.
Para tomar esta decisión deberá oír a ambos equipos.
20. GASTOS
20.1 Los
gastos de desplazamientos, alojamiento y comidas serán abonados por el Club
que se desplaza. La FADA fijará los criterios de reparto de las ayudas que se
establezcan, entendiéndose que el Club que realice mayor gasto deberá recibir
mayor ayuda. Esto es extensivo al torneo de ascenso.
20.2 En ningún caso se subvencionarán: (a)
los gastos de los equipos o jugadores descalificados, desde el momento de la
descalificación; (b) los gastos en la jornada del que no compareciese, salvo
causa justificada. El desplazamiento no se abonará a los descalificados,
salvo causa justificada.
20.3 Las ayudas sólo se concederán contra la
presentación de los justificantes y de la documentación deportiva (incluidas
las planillas).
20.4 En la temporada siguiente se podrá
excluir de subvención o ayuda a los clubes descalificados sin causa
justificada.
21. REFRENDO DE LA ASAMBLEA GENERAL
La regulación de estas competiciones oficiales fue refrendada en la Asamblea General de la FADA de julio de 1.998 y en Comisión Delegada de septiembre de 2001.