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FEDERACION ANDALUZA DE AJEDREZ 
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954501320 (19-21 h). 629331564.

CIRCULAR 2002/26. 20-6-2002


ASUNTO:  Determinación de la Liga Andaluza 2002_2003.

 

1.        Tienen derecho a participar en la próxima Liga Andaluza los siguientes Clubes/equipos:

 

1.1.      C. Aj. Ancla Tiendas UPI (División de Honor y 4º Liga Andaluza)

1.2.      C.Aj. Reverté Albox A (División de Honor).

1.3.      C. Aj. Cofimán (División de Honor)

1.4.      C. Aj. Labradores (Primera División)

1.5.      C. Aj. Miraflores (1º Liga Andaluza)

1.6.      C. Aj. Los Palacios (2º Liga Andaluza)

1.7.      C. Aj. Enroque (3º Liga Andaluza)

1.8.      C. Aj. Cruz Roja (5º Liga Andaluza)

1.9.      P. Aj. Isleña (Ascenso)

1.10.   C. Aj. Reverté Albox B (Ascenso)

 

2.        Dado que el Club Reverté Albox solicitó jugar el torneo de ascenso y logró el mismo, se entiende que renuncia a disputar la Liga Andaluza con el derecho del equipo clasificado para la División de Honor (art. 6.1). En consecuencia este derecho pasa al siguiente club, el C. Aj. Olivares (6º Liga Andaluza).

 

3.        Dado que es la primera vez que se plantea la presente dualidad, se estima necesario aclarar el alcance y las consecuencias de lo dispuesto en el art. 1.2 de la Normativa de esta competición. De acuerdo con dicho art. el C. Aj. Reverté Albox podrá solicitar una plaza en representación de Andalucía en el Campeonato de España de Primera División, si se dan las siguientes circunstancias: 1ª. Que su equipo “nacional” no descienda a Primera División en el Campeonato de España de División de Honor 2002, 2ª. Que su equipo autonómico ocupe una de las plazas que le correspondan a Andalucía para el Campeonato de España de Primera División 2003 y 3ª. Que se comprometa por escrito a que ninguno de los jugadores alineados en la Liga Andaluza 2002 podrán ser alineados en el Campeonato de España de División de Honor 2003. En caso de no poder efectuar dicho compromiso, la FADA designaría al siguiente club clasificado para representarle en el Campeonato Nacional. En caso de efectuar dicho compromiso, y alinear posteriormente a alguno de los jugadores citados en el Campeonato de España de División de Honor, se entenderá que se ha incumplido lo establecido en la normativa (es decir, lograr el derecho de jugar un Campeonato de España sin utilizar jugadores de otro equipo clasificado en categoría nacional) y se incoaría el correspondiente expediente disciplinario al Club.

 

4.        La Federación Española ha fijado la celebración del Campeonato de España de Primera División para el mes de septiembre y el de División de Honor para el mes de diciembre. En consecuencia, y debido a la necesidad de formar las categorías provinciales, los clubes Ancla Tiendas UPI, Cofimán y Labradores deben informar por escrito a la FADA de su decisión de jugar o no la Liga Andaluza antes del próximo día 16 de julio. (Art. 6.1)

 

5.        En caso de renunciar a jugar mantendrán su futuro derecho a jugar en la Liga Andaluza y serán sustituidos por los clubes Diclar Ruiz Gutiérrez, Shahmat y Nevada, por este orden.

 

6.        En caso de confirmar su participación en la Liga Andaluza, las categorías provinciales serán formadas con la inclusión de los clubes citados en el punto anterior. Si los clubes de categoría nacional decidiesen posteriormente su no participación en la Liga Andaluza se considerará que descienden a la primera categoría provincial (art. 1.2) y deberán abonar la sanción establecida para los casos de retirada (60 euros).

 

 

Ricardo Montecatine

Presidente de la FADA


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